Clarísimo entonces, profesor. Ésto, en el largo plazo, es así por la ley de Say y cómo las ofertas y demandas (al ser inversas) tienden a igualarse? No necesariamente tiene que ser un proceso económicamente pacífico esa igualación, puede haber una crisis con consumo de capital y empobrecimiento general en el medio por ejemplo.
Aún así, mantengo que en el corto plazo (mientras no se igualen las ofertas y demandas) pueden darse casos donde el fenómeno de doble disponibilidad de la cosa depositada surja.
Me interesaria que me haga saber si estoy equivocado o si estoy más o menos encaminado. Muchas gracias por su tiempo!
Justo. Suelo decir que la doctrina de las letras reales es la expresión monetaria de la Ley de Say.
Sigue sin haber doble disponibilidad: si alfa le compra una mercancía a delta, el poder adquisitivo de delta viene del valor monetario de la mercancía que ha vendido, no del oro que posee beta.
Realmente tengo que darle más vueltas al asunto, todavía no quedo convencido de que no haya doble disponibilidad. Cuando tenga más tiempo trataré de repensarlo. En cualquier caso, me alegra estar encaminado y de haber interpretado correctamente lo que expuso, muchísimas gracias! Saludos desde Argentina.
Si demandaras usando directamente una mercancía, ¿también dirías que hay doble disponibilidad? Pues eso: si delta te vende sus mercancías (y delta recibe los pasivos a la vista), el poder adquisitivo de esos pasivos a la vista no viene del oro, sino de las mercancías que ha vendido (es como si estuviese demandando otras mercancías con las suyas).
Aunque creo que el ejemplo de tu pregunta (demandar con una mercancía) es algo impreciso, puesto que el pasivo tiene una contrapartida y la mercancía no, en general entiendo lo que decís. Lo mismo con el poder adquisitivo del pasivo: claro que este se mide con respecto a lo que puede comprar, pero puede comprar algo dependiendo de su contrapartida. No son lo mismo 1000 onzas de oro que 1000 onzas de hierro como contrapartida. Lógicamente los ejemplos son solo eso, ejemplos puestos para facilitar la comprensión. No pretendo extender el debate hacia otros lugares como el tema de las contrapartidas. Como dije antes, creo haber entendido su punto sobre la doble disponibilidad y creo entender dónde me he estado equivocando. Me parece bastante lógico lo que argumentas y posiblemente reflexionando un poco más llegaría a estar de acuerdo con la totalidad de tu idea. Nuevamente gracias por las respuestas profesor.
Creo que sigues viendo los pasivos a la vista como títulos de propiedad. Y no lo son por las razones que explico aquí. El oro no está "atado" al pasivo a la vista. Es un activo más de los muchos que puede garantizar el repago del pasivo (todo activo respalda en todo momento el pasivo, cualquiera que éste sea)
Quizás siga incocientemente cayendo en ese error, se hace complicado dar el salto de una teoría tan "sencilla" de entender a la teoría que expones en tus artículos. Con su mensaje anterior me ha quedado claro el tema, nuevamente gracias profesor.
La contrapartida del pasivo es un préstamo a beta. Y si delta vende sus mercancías a cambio de los pasivos a la vista, es delta quien está financiando el préstamo a beta (es como si le hubiese prestado a beta sus mercancías).
Gracias por el artículo profesor. Me queda una duda en el último asiento contable en el que demuestra la inexistencia de doble disponibilidad. Usted ha formulado su argumento "cerrando el círculo" del pasivo. Es decir, alpha depositó al banco 1000 y el banco le prestó a beta esos 1000. Luego, beta compró mercancías que casualmente alpha compró con el activo que tiene sobre el banco. Es decir, como usted nuestra, el banco y beta cancelan mutuamente sus pasivos. Básicamente, alpha (indirectamente) le prestó a beta para que beta pueda (adquirir y) venderle mercancías a alpha a cambio de un "pasivo indirecto" por así decirlo. Ahora bien, que hubiera pasado si alpha compraba mercancías de otro agente (delta, por ej) con sus pasivos del banco? Beta habría comprado mercancías con cargo al préstamo y alpha habría comprado mercancías con cargo a su activo contra el banco. El "círculo" no se ha cerrado, por lo que sí existe una doble disponibilidad de esa cosa (oro en este caso) depositada. No me quedó claro si usted cree que jamás puede darse el fenómeno de doble disponibilidad o si cree que en determinados casos (como el que expuso en su artículo) no se da (con lo cual coincido. En su ejemplo, efectivamente, no se da ese fenómeno). Espero haber entendido bien su argumento. Por lo demás, aunque deba releerlo y estudiar derecho, ha sido todo bastante claro. Se agradecen las citas constantes a Bagus y las comparaciones entre autores con Mises.
Eso sólo alarga el circuito. Delta tendrá los pasivos del banco y podría terminar comprando las mercancías de beta. O de otro agente que acabe comprando las de beta. Si beta ha comprado mercancías que nadie compra, entonces el problema es que no podrá devolver el préstamo.
Clarísimo entonces, profesor. Ésto, en el largo plazo, es así por la ley de Say y cómo las ofertas y demandas (al ser inversas) tienden a igualarse? No necesariamente tiene que ser un proceso económicamente pacífico esa igualación, puede haber una crisis con consumo de capital y empobrecimiento general en el medio por ejemplo.
Aún así, mantengo que en el corto plazo (mientras no se igualen las ofertas y demandas) pueden darse casos donde el fenómeno de doble disponibilidad de la cosa depositada surja.
Me interesaria que me haga saber si estoy equivocado o si estoy más o menos encaminado. Muchas gracias por su tiempo!
Justo. Suelo decir que la doctrina de las letras reales es la expresión monetaria de la Ley de Say.
Sigue sin haber doble disponibilidad: si alfa le compra una mercancía a delta, el poder adquisitivo de delta viene del valor monetario de la mercancía que ha vendido, no del oro que posee beta.
Realmente tengo que darle más vueltas al asunto, todavía no quedo convencido de que no haya doble disponibilidad. Cuando tenga más tiempo trataré de repensarlo. En cualquier caso, me alegra estar encaminado y de haber interpretado correctamente lo que expuso, muchísimas gracias! Saludos desde Argentina.
Si demandaras usando directamente una mercancía, ¿también dirías que hay doble disponibilidad? Pues eso: si delta te vende sus mercancías (y delta recibe los pasivos a la vista), el poder adquisitivo de esos pasivos a la vista no viene del oro, sino de las mercancías que ha vendido (es como si estuviese demandando otras mercancías con las suyas).
Aunque creo que el ejemplo de tu pregunta (demandar con una mercancía) es algo impreciso, puesto que el pasivo tiene una contrapartida y la mercancía no, en general entiendo lo que decís. Lo mismo con el poder adquisitivo del pasivo: claro que este se mide con respecto a lo que puede comprar, pero puede comprar algo dependiendo de su contrapartida. No son lo mismo 1000 onzas de oro que 1000 onzas de hierro como contrapartida. Lógicamente los ejemplos son solo eso, ejemplos puestos para facilitar la comprensión. No pretendo extender el debate hacia otros lugares como el tema de las contrapartidas. Como dije antes, creo haber entendido su punto sobre la doble disponibilidad y creo entender dónde me he estado equivocando. Me parece bastante lógico lo que argumentas y posiblemente reflexionando un poco más llegaría a estar de acuerdo con la totalidad de tu idea. Nuevamente gracias por las respuestas profesor.
Creo que sigues viendo los pasivos a la vista como títulos de propiedad. Y no lo son por las razones que explico aquí. El oro no está "atado" al pasivo a la vista. Es un activo más de los muchos que puede garantizar el repago del pasivo (todo activo respalda en todo momento el pasivo, cualquiera que éste sea)
Quizás siga incocientemente cayendo en ese error, se hace complicado dar el salto de una teoría tan "sencilla" de entender a la teoría que expones en tus artículos. Con su mensaje anterior me ha quedado claro el tema, nuevamente gracias profesor.
La contrapartida del pasivo es un préstamo a beta. Y si delta vende sus mercancías a cambio de los pasivos a la vista, es delta quien está financiando el préstamo a beta (es como si le hubiese prestado a beta sus mercancías).
Clarísimo entonces, quitando al banco del medio se hacen mucho más claras las relaciones. Muchas gracias!
Gracias por el artículo profesor. Me queda una duda en el último asiento contable en el que demuestra la inexistencia de doble disponibilidad. Usted ha formulado su argumento "cerrando el círculo" del pasivo. Es decir, alpha depositó al banco 1000 y el banco le prestó a beta esos 1000. Luego, beta compró mercancías que casualmente alpha compró con el activo que tiene sobre el banco. Es decir, como usted nuestra, el banco y beta cancelan mutuamente sus pasivos. Básicamente, alpha (indirectamente) le prestó a beta para que beta pueda (adquirir y) venderle mercancías a alpha a cambio de un "pasivo indirecto" por así decirlo. Ahora bien, que hubiera pasado si alpha compraba mercancías de otro agente (delta, por ej) con sus pasivos del banco? Beta habría comprado mercancías con cargo al préstamo y alpha habría comprado mercancías con cargo a su activo contra el banco. El "círculo" no se ha cerrado, por lo que sí existe una doble disponibilidad de esa cosa (oro en este caso) depositada. No me quedó claro si usted cree que jamás puede darse el fenómeno de doble disponibilidad o si cree que en determinados casos (como el que expuso en su artículo) no se da (con lo cual coincido. En su ejemplo, efectivamente, no se da ese fenómeno). Espero haber entendido bien su argumento. Por lo demás, aunque deba releerlo y estudiar derecho, ha sido todo bastante claro. Se agradecen las citas constantes a Bagus y las comparaciones entre autores con Mises.
Eso sólo alarga el circuito. Delta tendrá los pasivos del banco y podría terminar comprando las mercancías de beta. O de otro agente que acabe comprando las de beta. Si beta ha comprado mercancías que nadie compra, entonces el problema es que no podrá devolver el préstamo.